La adopción de los menores en la Comunidad de Madrid se encuentra al amparo de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. En el Capítulo V Protección social y jurídica, Sección 5ª Promoción de la Adopción y el Acogimiento, encontramos una base bien fundamentada sobre los aspectos más importantes que debemos tener en cuenta a la hora de valorar a los solicitante, es en realidad una guía que nos ayuda a comprender los requisitos fundamentales que debe reunir la familia para poder incorporar a un menor en sus vidas. La Ley indica que solo se aceptarán las propuestas de personas o parejas que cumplan los requisitos establecidos en el Código Civil y que hayan sido objeto de estudio de sus circunstancias socio-familiares, este estudio deberá obtener la firme certeza de que son idóneos para poder cubrir las necesidades subjetivas y objetivas del menor. Se establece por tanto de cara a la val...